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Política de Cookies
El Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas del Centro utiliza:
a) Cookies propias: son aquellas que se envían al equipo terminal del usuario desde un equipo o dominio gestionado por el propio editor y desde el que se presta el servicio solicitado por el usuario.
b) Cookies de tercero: son aquellas que se envían al equipo terminal del usuario desde un equipo o dominio que no es gestionado por el editor, sino por otra entidad que trata los datos obtenidos través de las cookies.
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d) Cookies de publicidad comportamental: son aquellas que almacenan información del comportamiento de los usuarios obtenida a través de la observación continuada de sus hábitos de navegación, lo que permite desarrollar un perfil específico para mostrar publicidad en función del mismo.
Las obligaciones legales impuestas por la normativa son dos, y son asumidas por el Colegio Oficial de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Centro; a saber:
1) La obligación de transparencia:
El apartado segundo del artículo 22 de la LSSI establece que se debe facilitar a los usuarios información clara y completa sobre la utilización de los dispositivos de almacenamiento y recuperación de datos y, en particular, sobre los fines del tratamiento de los datos. Esta información debe facilitarse, como se ha indicado, con arreglo a lo dispuesto el RGPD, que requiere que el tratamiento de los datos de los usuarios se realice de forma transparente para ellos.
Por consiguiente, la información sobre las cookies facilitada en el momento de solicitar el consentimiento debe ser suficientemente completa para permitir a los usuarios entender sus finalidades y el uso que se les dará.
Por esta cuestión la información que ofrecemos en nuestra página web es:
2) La obligación de obtención del consentimiento:
Para la utilización de las cookies no exceptuadas será necesario en todo caso
obtener el consentimiento del usuario. Este consentimiento podrá obtenerse mediante fórmulas expresas, como haciendo clic en un apartado que indique “consiento”, “acepto”, u otros términos similares. También podrá obtenerse infiriéndolo de una inequívoca acción realizada por el usuario, en un contexto en que a éste se le haya facilitado información clara y accesible sobre las finalidades de las cookies y de si van a ser utilizadas por el mismo editor y/o por terceros, de forma que quepa entender que el usuario acepta que se instalen cookies.
En este caso se da la opción de “permitir cookies” o “configurar cookies”; y, también, la opción de acceder al presente apartado a través de la pestaña “política de cookies”.
En ningún caso la mera inactividad del usuario implica la prestación del consentimiento por sí misma.
Para que dicho consentimiento sea válido será necesario que el consentimiento haya sido otorgado de forma libre e informada. Por tanto, es necesario tener en cuenta:
a) Que las modalidades de prestación del consentimiento pueden ser variadas. La obtención del consentimiento a través de un clic del usuario o de una conducta similar no cabe duda de que facilitará la prueba de que se ha obtenido. Esta fórmula puede ser la más apropiada para usuarios registrados.
b) Que el usuario deberá haber realizado una clara acción afirmativa.
c) Que tiene que ser evidente para el usuario con qué concreta acción suya acepta la utilización de las cookies. En este sentido, el uso de un botón del tipo “Aceptar” se considerará información suficiente, sin necesidad de aclarar que pulsando “Aceptar” se aceptan las cookies. En cambio, acciones complejas o menos obvias que el uso de botones de aceptación o guardado de la configuración escogida deberán explicarse al usuario.
El CEPD ha establecido que seguir navegando no es una forma válida de prestar el consentimiento. Del mismo modo, la consulta de la segunda capa informativa si la información se presenta por capas, así como la navegación necesaria para que el usuario gestione sus preferencias en relación con las cookies no es una conducta activa de la que pueda derivarse la aceptación de cookies.
d) Que el usuario, en todo caso, podrá negarse a aceptar las cookies.
e) Que la información que se otorgue al usuario para que pueda consentir la utilización de las cookies se encuentre separada de la información que se le ofrezca sobre otros asuntos.
f) Que la aceptación de los términos o condiciones de uso de la página web o servicio se separe de la aceptación de la política de privacidad o cookies.
g) Que, aunque las cookies no suelen utilizarse en escenarios en los que el RGPD exige el consentimiento explícito de los interesados23, cuando este consentimiento explícito sea necesario (artículos 9.2 a), 22.2.c) y 49.1 a) del RGPD), el consentimiento solo podrá obtenerse mediante botones de aceptación, siempre que incluya una leyenda específica con el término “consiento” y se facilite información completa sobre las categorías especiales de datos respecto de las que se consienten, las decisiones individuales automatizadas o las transferencias a terceros países, según el caso.
De conformidad con el apartado 2 del artículo 22 de la LSSI el consentimiento debe ser prestado por los “destinatarios” de los servicios de la sociedad de la información.
De acuerdo con el apartado d) del Anexo de la LSSI por “Destinatario del servicio o destinatario” debe entenderse “la persona física o jurídica que utiliza, sea o no por motivos profesionales, un servicio de la sociedad de la información”.
Y conforme a las definiciones realizadas en el apartado correspondiente, el término destinatario coincide con el de usuario, que es el utilizado en la presente política de cookies.
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